Qué debe saber antes de divorciarse
En Abogado Familia Bilbao sabemos que divorciarse es una situación difícil, tanto desde el punto de vista económico como por la carga emocional que implica. Nadie espera tener que pasar por esta situación, pero si finalmente llega a ocurrir lo mejor es buscar la ayuda profesional adecuada. A continuación le explicamos algunos aspectos básicos que conviene conocer si está pensando en realizar este trámite.
Un aspecto que marca la tramitación del divorcio es si este se hace de mutuo acuerdo o de manera contenciosa. En Abogado Familia Bilbao podrá ver las diferencias entre una y otra forma. También existe la posibilidad de divorciarse ante Notario, es decir, sin acudir a los Tribunales. A este divorcio se le conoce popularmente como ‘divorcio express’, ya que se resuelve en poco tiempo. No obstante esta posibilidad está condicionada a que se cumplan tres requisitos: que hayan pasado 3 meses desde la boda; que haya acuerdo entre los cónyuges; y que no existan hijos menores de edad.
Otro aspecto muy importante a la hora de divorciarse es determinar la custodia de los hijos, cuando se tienen. Lógicamente esto es algo que preocupa a los padres, pero en nuestro Despacho nos encargamos de tratar el tema con amabilidad y comprensión, tal como requieren las circunstancias.
Todos los aspectos que acabamos de mencionar se recogen en un documento llamado Convenio Regulador (artículo 90 del Código Civil). Como en la redacción de este documento interviene un abogado, es importante que esté especializado en Derecho de familia. En Abogado Familia Bilbao procuramos que el Convenio esté preparado antes de acudir al proceso judicial, hablándolo siempre con los cónyuges y tratando de llegar a un acuerdo entre ellos.
Si quiere empezar con los trámites de su divorcio no dude en hacérnoslo saber pidiendo una cita en Abogado Familia Bilbao. Nuestro equipo de abogados de familia estudiará su caso de manera personalizada, ya que no todos los divorcios son iguales.
¿Quién tiene derecho a pensión?
Seguramente haya oído hablar alguna vez de las pensiones, las cuales se establecen tras un proceso de separación legal o divorcio. Estas pensiones aparecen reguladas en el Código Civil y pueden ser de dos tipos: compensatoria y de alimentos.
La pensión compensatoria se establece siempre y cuando se produzca una situación de desequilibrio entre los cónyuges debido al matrimonio, de forma que uno tenga más medios para subsistir y el otro no. La pensión compensatoria tenemos que pedirla ante el Juez (no se concede de forma automática). Este valorará el caso en concreto para determinar si se debe establecer o no dicha pensión, y en qué cuantía. Es el caso por ejemplo de que un cónyuge se haya dedicado de forma exclusiva al cuidado de la casa y de los hijos, sin haber realizado una actividad remunerada durante todo ese tiempo.
En cuanto a la pensión de alimentos, va dirigida a los hijos que sean menores de edad. En Abogado Familia Bilbao sabemos que en algunos casos también puede darse en mayores de edad, si se cumplen determinados requisitos. Al igual que hemos comentado con la pensión compensatoria, el Juez tendrá en cuenta el caso en concreto, valorando tanto las necesidades del niño como la situación económica del progenitor que deba pagar la pensión.
Si no hay acuerdo entre los cónyuges, la cantidad exacta de las pensiones la determinará el Juez. Estos datos deberán constar siempre en un Convenio Regulador, el cual será vinculante para los dos miembros.
Desde Abogado Familia Bilbao queremos recordar que el impago de pensiones tiene consecuencias tanto civiles como penales, por lo que en caso de dificultad es importante contactar con un abogado de familia tan pronto como nos sea posible. Por eso le invitamos a hacernos llegar su caso si necesita más información o si su cónyuge no le está pagando la pensión. En Abogado Familia Bilbao atenderemos su petición y le responderá lo antes posible.
El divorcio y separación
El divorcio, a diferencia de la separación en donde la relación matrimonial solo queda suspendida, es el acto legal que disuelve la relación matrimonial.
Su finalidad es terminar con la unión matrimonial, disolver la sociedad económica en común permitiendo a los cónyuges que vuelvan a contraer matrimonio con quien deseen.
El divorcio se halla entre las causas de disolución de matrimonio, contemplados en el artículo 85 del Código Civil español:
“El matrimonio se disuelve, sea cual fuere la forma y el tiempo de su celebración, por la muerte o la declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges y por el divorcio.”
Separación matrimonial
En muchas de las ocasiones el divorcio llega a confundirse con lo que se refiere a separación matrimonial, aunque en realidad son dos conceptos diferentes con resultados diferentes para los miembros de la pareja.
La separación matrimonial es una de las consecuencias de la crisis matrimonial o de pareja. Consiste en el acto por el que los miembros de un matrimonio o pareja pactan la ruptura de la relación o suspensión de la vida en común.
La separación, a diferencia del divorcio y nulidad matrimonial, no extingue el vínculo matrimonial. Para que se produzca la separación no es preciso servirse de una causa, tan solo se precisa la voluntad de una de las partes.
Existen diferentes tipos de separación:
- Cónyuges que tienen hijos menores no emancipados o con capacidades diferentes que dependen de sus progenitores.
- Cónyuges que no tienen hijos menores o hijos a cargo.
Al no extinguirse el vínculo matrimonial, la pareja que se ha separado puede volver a reconciliarse y estar nuevamente juntas.
Diferencias entre separación y divorcio
En la gran mayoría de las ocasiones la separación supone un paso anterior a la separación legal o incluso al divorcio. Entre las principales diferencias cabe destacar:
- La separación da fin a la vida en pareja, aunque debe de pactarse la custodia y cuidado de los hijos, además de diferentes temas relacionados con la vida en común. El divorcio implica la disolución y extinción del vínculo matrimonial.
- La separación puede ser restituida mediante la reconciliación, mientras que el divorcio es irreversible. No obstante una pareja divorciada puede volver a reconstituir su vínculo mediante un segundo matrimonio.
- Las personas separadas no pueden volver a contraer matrimonio con otras personas, puesto que legalmente siguen casados. Las personas divorciadas si pueden volver a contraer matrimonio con otras.
- La separación puede formalizarse de hecho, ante Notario o por resolución judicial. El divorcio siempre ha de formalizarse ante Notario o Justicia.
Tipos de divorcios
Lo que va a marcar la complejidad y dificultad de todo el proceso que conlleva un divorcio va a ser la propia voluntad de cada uno de los cónyuges. Se distinguen 2 tipos de divorcios:
- Divorcio de mutuo acuerdo
- Divorcio contencioso
Divorcio de mutuo acuerdo
El divorcio de mutuo acuerdo además de ser la mejor opción divorcio y la menos perjudicial para los ex cónyuges; es el método más rápido, sencillo, económico y menos lesivo sentimentalmente de cara a la pareja y para las personas que directamente de manera involuntaria se hallan involucradas como son los hijos que poseen en común.
En el momento que existen hijos de por medio la disolución del matrimonio debe de ser afrontada con mayor responsabilidad para una mayor protección de menor, asegurando que esta nueva situación no va afectar de manera negativa en la calidad de vida.
No exige la celebración de juicio por lo que la pareja ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario podrá acordar de manera amistosa su divorcio de mutuo acuerdo a través de un Convenio Regulador, en donde se decide:
- Como disolver el régimen económico (reparto de bienes).
- La manera de poder criar a los hijos menores que se tengan en común ya sea custodia compartida o custodia monoparental en donde la custodia se atribuye a uno de los progenitores con régimen de visitas.
- Pensiones alimenticias y compensatorias
Pasos a seguir en un divorcio amistoso
- Presentación de la demando junto con la documentación necesaria.
- El Juzgado debe de admitir la demanda de divorcio.
- Día y hora para firmar o ratificación del Convenio Regulador en el Juzgado.
- Si hay hijos menores o con dificultades, también acudirá el Ministerio Fiscal.
- Sentencia del divorcio de mutuo acuerdo por el Juzgado e inscripción de la sentencia en el Registro Civil por el Juzgado.
- Devolución por parte del Juzgado de toda la documentación conforme lo acordado.
Documentos necesarios en el divorcio de mutuo acuerdo
- Certificado de matrimonio.
- Certificado del nacimiento de los hijos.
- Certificado de residencia o empadronamiento de la pareja.
- Escritura pública de Poder General para pleitos.
- Propuesta del Convenio Regulador, el cuál debe de estar firmado por los 2 cónyuges.
- Documentación que permita valorar la situación económica.
Divorcio contencioso
El divorcio contencioso es un divorcio en el que ambas partes no llegan a conciliar un acuerdo en común sobre la solicitud de divorcio o contenidos del convenio regulador, por lo que será la figura del juez quien decida sobre su situación matrimonial.
El divorcio contencioso se halla regulado por el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y presenta las siguientes características:
No existe acuerdo entre ambos cónyuges.No es necesario el consentimiento de la otra parte para su inicio.Puede solicitarse transcurridos 3 meses después de haberse celebrado el matrimonio, a excepción de que la persona que inicia el proceso sienta que exista peligro para la vida o integridad física, psíquica o económica.Mayor coste económico y de mayor duración en el tiempo que el divorcio amistoso.Pueden ser solicitadas medidas provisionales en temas relacionados con los hijos, régimen de visitas, …El juez será quien establezca las condiciones.Requisitos para solicitar el divorcio
Cada divorcio se halla sometido a unos trámites diferentes, muy particulares por lo que es muy importante dejarse asesorar por abogados expertos en Derecho de Familia.
Tras la reforma del 2005, para poder solicitar el divorcio tan solo se precisa que hayan transcurrido al menos 3 meses desde que se celebró el matrimonio, sin que para ello sea necesario alegar motivo alguno y sin haber tramitado una separación previa.
El divorcio es un momento complicado para las personas implicadas. Dependiendo de la situación y circunstancias puede resultar una situación muy desoladora, especialmente cuando se hallan personas involucradas como son los hijos.
Por Ley, en el momento de iniciar este procedimiento es necesario ir acompañado de un abogado y de un procurador.
Si se trata de un divorcio de mutuo acuerdo los cónyuges pueden estar representados por un mismo procurador y defendidos un mismo abogado.
Por el contrario si se trata de un divorcio contencioso cada miembro de la pareja deberá de ir acompañado de su propio procurador y abogado.
Violencia de género
Son muchos y variados los motivos de solicitud de divorcio, entre ellos también se encuentran la violencia de género.
La violencia de género es una de las expresiones de desigualdad, subordinación y relación de poder del hombre sobre la mujer, que tiene como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o mental para la mujer, así como la privación arbitraria de la libertad.
Se ejerce sobre las mujeres por parte de individuos que estén o hayan estado ligados a ellas por relaciones de afectividad ya sean parejas o ex - parejas.
La finalidad de la persona agresora es causar un importante daño a la mujer y conseguir el control, de ahí que se vaya produciendo de manera continuada en el tiempo.
Por ello si se es víctima de violencia de género y desea solicitar el divorcio, es importante contar con Abogados especializados en Derecho Penal con experiencia en Derecho de Familia.
Como solicitar el divorcio si se es víctima de violencia de género
Las violencia de género en una pareja o ex-pareja puede manifestarse se diferentes y múltiples maneras desde control de movimientos, humillaciones, desvalorizaciones, chantaje emocional, control en sus decisiones, etc.
Si ante una situación de violencia de género víctima y agresor siguen casados, según lo dispuesto en el artículo 81- 2º del Código Civil es posible la interposición de demanda de divorcio sin necesidad de esperar que al menos hayan transcurridos 3 meses desde la celebración del matrimonio para proceder a su disolución.
Generalmente es frecuente que se haya interpuesto una denuncia contra el agresor y se hayan adoptado una serie de medidas cautelares de naturaleza civil y penal, que de manera provisional intentarán regular la situación entre la pareja.
Estas medidas adoptadas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de 30 días, y dentro del plazo será necesario interponer la correspondiente demanda.
Si el divorcio ha sido iniciado ante un Juez de Primera Instancia, a excepción de que se encuentre en fase de juicio oral deberá de inhibirse en favor del de Violencia.
Desde que la víctima presenta su demanda por malos tratos, el proceso de divorcio puede llegar a prolongarse hasta más de un año.
Custodia compartida, por violencia de genero
Una de las mayores preocupaciones de las madres con hijos en común en el matrimonio es, si es posible la custodia compartida en el caso de existir denuncia por violencia de género.
Ha de tenerse en cuenta que los niños menores, sobre todo los niños de corta edad, están muy necesitados de una gran protección por lo que:
- No habrá custodia compartida cuando uno de los padres se halle incurso en un proceso penal iniciado por atentar contra la vida, libertad, integridad física de la otra parte de la pareja o de lo hijos que vivan con ambos.
- Tampoco habrá custodia compartida si el Juez, de las alegaciones de las partes y las pruebas practicadas, advierte la existencia de sospechas fundadas de violencia doméstica”
Una vez presentada la denuncia por violencia de género contra el agresor e iniciado el procedimiento de investigación y enjuiciamiento, no se acordará la guarda y custodia compartida por ambos progenitores de los hijos menores de edad en común, quedando establecida una guarda y custodia tan solo materna.
Una vez finalizado el procedimiento penal, el progenitor puede optar a una guarda y custodia compartida en el caso de existir sentencia absolutoria de los delitos de violencia de género imputados con anterioridad.
Formas de violencia
La violencia de género contra las mujeres es un fenómeno que se produce a nivel mundial que se manifiesta de diferentes formas: violencia física (agresiones incluida la muerte) o psicológica, violencia sexual, violencia moral, violencia económica, abusos y malos tratos, privación de libertad, limitación de movimientos, etc.
Violencia de género económica
La violencia de género económica es un tipo de violencia menos conocida que la violencia física o sexual, pero que con el paso del tiempo va cobrando más protagonismo.
La violencia de género económica trata de poner dificultades a la mujer para que trabaje impidiéndole tener una independencia económica, a llevar un control sobre todo lo que gasta.
Este tipo de violencia psicológica que la padece más del 15% de las mujeres y limita su libertad.
Violencia vicaria
La violencia vicaria es una de las violencias más crueles. El objetivo final de este tipo de violencia es hacer daño a la mujer a través de la violencia de los seres más queridos incluso llegando al asesinato de sus propios hijos, lo que para muchas de las madres produce un dolor irreparable en sus vidas, privándolas de su libertad de ser, negándoles la oportunidad de vivir libremente.
Sin duda alguna el asesinato de las criaturas es la parte más visible de este tipo de violencia pero el chantaje, coacción y manipulación de poner a los hijos en contra de la madre también es considerado como violencia vicaria.
Se denomina violencia vicaria porque, para destruir la vida de la madre y provocar un dolor para toda la vida incurable sustituye a la mujer por los hijos.
Si tiene pensado divorciarse es fundamental contactar con un abogado experto en derecho de familia y penal, que le informe, asesore y permita una correcta tramitación tanto del proceso de divorcio como del procedimiento penal.